21 Ejemplos de poderes expresados ​​en la Constitución de los EE. UU.

En el derecho constitucional estadounidense, existe un principio bien reconocido que establece que el gobierno tiene todos los poderes que no le están prohibidos por la Constitución nacional o estatal.

En el derecho constitucional estadounidense, los poderes expresos son todos los poderes enumerados explícitamente en la Constitución. A veces también se les llama poderes delegados o enumerados.

Muchos expertos constitucionales también consideran que el gobierno federal tiene muchos poderes que no están expresamente prohibidos por la constitución. Estos se llaman poderes implícitos.

Los poderes expresos (también conocidos como poderes enumerados, explícitos o delegados) del Congreso de los EE. UU. son los poderes otorgados al gobierno federal de los EE. UU. por la Constitución.

La mayoría de los poderes expresados ​​se encuentran en el Artículo I, Sección 8 de la Constitución e incluyen el poder de establecer y recaudar impuestos, regular el comercio, declarar la guerra, etc. (US Const.; Bardes et al., 2018; Gardbaum, 2012).

Otros poderes expresos se enumeran en el artículo III, el artículo IV y varias enmiendas (XVI y XX, por ejemplo).

Un ejemplo de facultades expresas del Congreso es la facultad de establecer y recaudar impuestos. El Congreso tiene el poder de imponer un impuesto sobre la renta a individuos y empresas. El impuesto sobre la renta es un impuesto sobre el dinero que las personas y las empresas ganan de diversas fuentes, como sueldos, salarios, inversiones, etc. El impuesto sobre la renta financia una amplia gama de programas y servicios gubernamentales, como la defensa nacional, la educación, la atención médica y los servicios sociales. seguridad.

El Congreso tiene la facultad de determinar la tasa a la que se impone el impuesto sobre la renta. El Congreso también puede aprobar leyes para eximir ciertos tipos de ingresos del impuesto o proporcionar deducciones o créditos para reducir el impuesto que deben pagar las personas y las empresas.

En general, el poder de establecer y recaudar impuestos es una herramienta importante que le permite al Congreso recaudar los fondos necesarios para pagar las deudas y los gastos del gobierno federal y para financiar los programas y servicios que son necesarios para la defensa común y el bienestar general de los Estados Unidos.

Hay muchos otros poderes expresos enumerados en la Constitución. Lo que sigue es una lista completa de tales poderes.

¿Qué pasa con los poderes implícitos?

Los poderes implícitos son poderes que no están enumerados explícitamente en la Constitución pero que son necesarios y apropiados para que el Congreso ejerza sus poderes expresos.

Estos poderes se derivan de la Cláusula Necesaria y Propia, que se encuentra en el Artículo I, Sección 8 de la Constitución (US Const. art. I, § 8).

Esta Cláusula a menudo sirve como justificación de los poderes implícitos del Congreso de los Estados Unidos. Usando la Cláusula Necesario y Adecuado, el Congreso puede argumentar que los nuevos poderes son necesarios para el buen funcionamiento del país, incluso si no estaban incluidos originalmente en la Constitución.

Por ejemplo, el Congreso tiene el poder de regular el comercio interestatal, que es un poder expreso. Sin embargo, para regular efectivamente el comercio interestatal, es posible que el Congreso deba aprobar leyes que regulen ciertas actividades dentro de los estados, como la producción y venta de bienes.

Este poder de regular las actividades dentro de los estados no se otorga al Congreso en la Constitución, pero está implícito como un medio necesario y apropiado para llevar a cabo el poder expreso del Congreso de regular el comercio interestatal.

De acuerdo con el Artículo I, Sección 8 de la Constitución de los Estados Unidos, el Congreso tendrá el poder:

  • “Establecer y recaudar Impuestos, Aranceles, Impuestos e Impuestos Especiales, pagar las Deudas y proveer para la Defensa común y el Bienestar general de los Estados Unidos; pero todos los Aranceles, Impuestos e Impuestos Especiales serán uniformes en todos los Estados Unidos” (US Const. art. I, § 8, cl. 1).
  • “Tomar prestado dinero a crédito de los Estados Unidos” (US Const. art. I, § 8, cl. 2).
  • “Regular el comercio con naciones extranjeras, y entre varios Estados, y con las tribus indias” (US Const. art. I, § 8, cl. 3).
  • “Establecer una regla uniforme de naturalización y leyes uniformes sobre el tema de las quiebras en todos los Estados Unidos” (US Const. art. I, § 8, cl. 4).
  • “Para acuñar dinero, regular el valor del mismo y de la moneda extranjera, y fijar el estándar de pesos y medidas” (Const. de EE. UU. art. I, § 8, cl. 5).
  • “Para prever el castigo de la falsificación de valores y moneda corriente de los Estados Unidos” (US Const. art. I, § 8, cl. 6).
  • “Establecer oficinas postales y carreteras postales” (Const. de los EE. UU. art. I, § 8, cl. 7).
  • “Promover el Progreso de la Ciencia y las Artes útiles, asegurando por Tiempos limitados a Autores e Inventores el Derecho exclusivo a sus respectivos Escritos y Descubrimientos” (US Const. art. I, § 8, cl. 8).
  • “Constituir Tribunales inferiores a la Corte Suprema” (US Const. art. I, § 8, cl. 9).
  • “Para definir y castigar las piraterías y los delitos graves cometidos en alta mar y los delitos contra el derecho de las naciones” (US Const. art. I, § 8, cl. 10).
  • “Declarar la guerra, otorgar cartas de marca y represalia, y dictar normas relativas a las capturas en tierra y agua” (Const. de EE. UU. art. I, § 8, cl. 11).
  • “Para reclutar y apoyar ejércitos, pero ninguna asignación de dinero para ese uso será por un plazo mayor a dos años” (Const. de EE. UU. art. I, § 8, cl. 12).
  • “Proporcionar y mantener una Armada” (US Const. art. I, § 8, cl. 13).
  • “Hacer Reglas para el Gobierno y Regulación de las Fuerzas terrestres y navales” (US Const. art. I, § 8, cl. 14).
  • “Para prever la convocatoria de la Milicia para ejecutar las Leyes de la Unión, reprimir Insurrecciones y repeler Invasiones” (Const. de EE. UU. art. I, § 8, cl. 15).
  • “Proveer para organizar, armar y disciplinar a la Milicia, y para gobernar la Parte de ella que pueda ser empleada al Servicio de los Estados Unidos, reservando a los Estados respectivamente, la Designación de los Oficiales y la Autoridad de entrenamiento. la Milicia según la disciplina prescrita por el Congreso” (US Const. art. I, § 8, cl. 16).
  • “Ejercer Legislación exclusiva en todos los Casos, sobre el Distrito (que no exceda diez Millas cuadradas) que pueda, por Cesión de Estados particulares, y la Aceptación del Congreso, convertirse en la Sede del Gobierno de los Estados Unidos, y ejercer como Autoridad sobre todos los Lugares comprados por el Consentimiento de la Legislatura del Estado en el cual el mismo estará, para la Construcción de Fuertes, Polvorines, Arsenales, Astilleros y otros Edificios necesarios” (Const. de los EE. UU., art. I, § 8 , cl. 17).
  • “Promulgar todas las leyes que sean necesarias y apropiadas para poner en ejecución los poderes anteriores y todos los demás poderes conferidos por esta Constitución al Gobierno de los Estados Unidos, o a cualquier departamento o funcionario del mismo” (Const. de los EE. UU. art. I , § 8, cl. 18).

De acuerdo con los artículos III y IV, el Congreso tendrá la facultad:

  • “Declarar el castigo por traición, pero ningún autor de traición podrá cometer corrupción de sangre o decomiso, excepto durante la vida de la persona alcanzada” (Const. de EE. UU., art. III, § 3).
  • “Para disponer y hacer todas las Reglas y Regulaciones necesarias con respecto al Territorio u otra Propiedad perteneciente a los Estados Unidos; y nada en esta Constitución se interpretará en perjuicio de cualquier reclamación de los Estados Unidos o de cualquier Estado en particular” (Const. de los EE. UU. art. IV, § 3).

De acuerdo con la Enmienda XVI, el Congreso tendrá el poder:

  • “Establecer y recaudar impuestos sobre los ingresos, de cualquier fuente que se deriven, sin prorrateo entre los distintos Estados, y sin tener en cuenta ningún censo o enumeración” (Const. de los EE. UU. enmendada. XVI).

Según la Enmienda XX:

  • “El Congreso podrá por ley prever el caso de muerte de cualquiera de las personas entre las cuales la Cámara de Representantes pueda elegir un Presidente siempre que el derecho de elección haya recaído sobre ellas, y para el caso de muerte de cualquiera de los personas entre las cuales el Senado puede elegir un Vicepresidente siempre que el derecho de elección les haya correspondido” (Const. de EE. UU., enmienda XX).

Varias otras enmiendas otorgan al Congreso el poder de ejecución. El Congreso podrá hacer cumplir las siguientes Enmiendas: XIII, XIV, XV, XIX, XXIII, XXIV y XXVI.

Leer a continuación: Federalismo en los Estados Unidos

Los poderes expresos del Congreso son los otorgados al Congreso en la Constitución de los Estados Unidos. La mayoría de estos se encuentran en el Artículo I, Sección 8 de la Constitución e incluyen el poder de establecer y recaudar impuestos, regular el comercio, establecer Oficinas de Correos, etc.

Bardes, BA, Shelley, MC y Schmidt, SW (2018). Gobierno estadounidense y política hoy: lo esencial, mejorado. Aprendizaje Cengage.

Garbaum, S. (2012). El poder del Congreso para adelantarse a los estados. Revisión de la ley de Pepperdine, 33(1). https://digitalcommons.pepperdine.edu/plr/vol33/iss1/4 Const. de EE. UU.


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Tio Gabunia (B.Arch, M.Arch)


Tio Gabunia es un escritor académico y arquitecto con sede en Tbilisi. Ha estudiado arquitectura, diseño y urbanismo en la Universidad Técnica de Georgia y la Universidad de Lisboa. Ha trabajado en estos campos en Georgia, Portugal y Francia. La mayoría de los escritos de Tio se refieren a la filosofía. Otros escritos incluyen arquitectura, sociología, planificación urbana y economía.


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Chris Drew (Doctorado)


Este artículo fue revisado por pares y editado por Chris Drew (PhD). El proceso de revisión en Profesor útil implica tener un experto de nivel de doctorado que verifique, edite y contribuya a los artículos. Los revisores se aseguran de que todo el contenido refleje el consenso académico de expertos y esté respaldado con referencias a estudios académicos. Dr. Drew ha publicado más de 20 artículos académicos en revistas académicas. Es el ex editor de Journal of Learning Development in Higher Education y tiene un doctorado en Educación de ACU.


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