10 ejemplos de contratos sociales

Un contrato social es un acuerdo entre individuos dentro de un grupo social para cumplir con ciertas reglas y leyes.

En su forma moderna, la idea fue reintroducida por Thomas Hobbes y desarrollada por John Locke, Jean-Jacques Rousseau e Immanuel Kant. Después de Kant, el concepto perdió popularidad entre los filósofos hasta que John Rawls lo recuperó.

Hoy en día, es un importante tema de discusión entre los filósofos morales y políticos.

El concepto básico es que el consentimiento de las personas dentro de una sociedad para estar sujetas a reglas y leyes otorga legitimidad a esas reglas y leyes (D'Agostino et al., 2021). Si se rompe el contrato social, el acuerdo de acatar las leyes comunes, la sociedad se deshace.

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    Definición del Contrato Social

    El contrato social es un concepto de la filosofía moral y política que proviene del Siglo de las Luces. Por lo general, se refiere a la legitimidad de la autoridad del estado sobre los individuos que gobierna (Gough, 1938).

    La idea detrás del contrato social es que los individuos han acordado, ya sea abierta o implícitamente, renunciar a algunos de sus derechos y obedecer la autoridad del gobernante o de la mayoría a cambio de la protección de sus derechos restantes o la preservación del orden social. Castiglione, 2015).

    Durante los siglos XVII y XVIII, varios pensadores notables exploraron las ideas del contrato social y los derechos naturales. Éstos incluyen:

    • Hugo Grocio (1625)
    • Tomás Hobbes (1651)
    • Samuel von Pufendorf (1673)
    • Juan Locke (1689/1821)
    • Jean-Jacques Rousseau (1762), y
    • Emmanuel Kant (1797).

    Estos filósofos tenían diferentes perspectivas sobre la idea de autoridad política. La teoría toma su nombre del libro de Rousseau de 1762 El contrato social (Francés: Du contrat social ou Principes du droit politique).

    Estos filósofos argumentaron que los humanos a nivel individual son libres de hacer lo que quieran. Sin embargo, la libertad conduce al caos y la inseguridad tanto para el individuo como para la sociedad. Hobbes llamó a esto el 'estado de naturaleza'.

    Para escapar del estado de naturaleza, los individuos dentro de un grupo social acuerdan renunciar a su derecho a hacer lo que quieran y, en cambio, someterse a la autoridad del contrato social (aplicado por un gobierno o gobernante). A cambio, obtienen protección, previsibilidad y seguridad.

    10 Ejemplos del Contrato Social

    1. de Platón República

    de Platón República es el primer texto conocido que discute un concepto parecido a un contrato social.

    En este texto, Glaucón, uno de los interlocutores de Sócrates, cuenta una historia hipotética de cómo se originó el contrato social (La República, Libro II). Según Glaucon, los individuos solían vivir con miedo unos de otros. Para disipar su miedo, buscaron protegerse compitiendo por el poder y la fuerza.

    Sin embargo, más tarde se dieron cuenta de que esta vida de interminable lucha por el poder era insostenible ya que causaba un conflicto interminable.

    Como solución, estos individuos de la historia de Glaucón se unieron y acordaron establecer un “contrato social”. A través de este contrato, cedieron parte de su poder y riqueza a una figura de autoridad establecida a cambio de protección mutua y alivio de sus vidas de conflicto sin fin.

    2. Epicuro Doctrinas Principales

    Epicuro (341-270 a. C.) fue el primer filósofo que consideró que la justicia surge de un contrato social en lugar de la naturaleza.

    Epicurious argumentó:

    “Nunca existió tal cosa como la justicia absoluta, sino solo acuerdos hechos en tratos mutuos entre hombres en cualquier lugar y en varios momentos previendo la inflicción o sufrimiento de daño” (Principal Doctrines, §33).

    3. Thomas Hobbes Leviatán

    El primer pensador moderno en articular una teoría integral del contrato social fue el filósofo inglés Thomas Hobbes (2009).

    Según Hobbes, los individuos que vivían en el estado de naturaleza eran "solitarios, pobres, desagradables, brutales y bajos". Su miopía y su interés propio significaban que no podían lograr la superación personal. Estaban demasiado ocupados peleando e intentando simplemente sobrevivir. La vida era asocial, anárquica y apolítica.

    Hobbes argumentó que la sociedad realmente comenzó cuando los humanos buscaron escapar de un estado de conflicto sin fin y acordaron un contrato social.

    Los primeros humanos en estado de naturaleza se unieron y cedieron algunos de sus derechos individuales a cambio de seguridad mutua. Se estableció una sociedad y surgió una entidad soberana.

    4. John Locke Segundo Tratado de Gobierno

    La comprensión del contrato social de John Locke (1689/1821) compartía algunas similitudes con la de Hobbes, pero también tenía algunas diferencias notables.

    Al igual que Hobbes, John Locke afirmó que los primeros humanos debieron unirse como sociedad para superar el "estado de naturaleza".

    Sin embargo, según Locke, las personas que vivían en el estado de naturaleza todavía estaban sujetas a la ley. Llamó a esto la Ley de la Naturaleza. Según esta ley, el hombre tiene:

    “poder… para conservar su propiedad; es decir, su vida, libertad y patrimonio contra las injurias y tentativas de otros hombres” (Locke, 1689/1821).

    Sin embargo, estos derechos naturales estaban amenazados porque no tenían la protección de un gobierno. No tenían recurso si se violaban sus derechos. Como resultado, vivían con miedo.

    Por lo tanto, la gente se unió para acordar formar un estado que proporcionaría un juez neutral que pudiera proteger las “vidas, la libertad y la propiedad” de sus ciudadanos.

    5. Jean-Jacques Rousseau El contrato social

    La teoría del contrato social de Jean-Jacques Rousseau difiere significativamente de los ejemplos anteriores.

    Rousseau tiene un enfoque más colectivista, según el cual los cimientos de la sociedad descansan sobre la “voluntad general” soberana.

    En términos simples, la voluntad general es la voluntad colectiva de todos los ciudadanos, frente a sus intereses individuales. Rousseau creía que la legitimidad proviene únicamente de la voluntad general.

    El contrato social, según Rousseau, puede resumirse así: “Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la dirección suprema de la voluntad general; y en un cuerpo recibimos a cada miembro como parte indivisible del todo” (Rousseau, 1997).

    6. Immanuel Kant Elementos metafísicos de la justicia

    Immanuel Kant, otro filósofo de la Ilustración, esbozó su comprensión del contrato social en su obra "Elementos metafísicos de la justicia" (también conocida como "Metafísica de la moral").

    Al igual que sus compatriotas, Kant vio el contrato social como un conjunto de reglas para los miembros de un estado que brinda un beneficio mutuo en forma de protección y seguridad.

    Sin embargo, Kant no creía que el consentimiento fuera esencial para que existiera el contrato social. De hecho, todos los que vivimos hoy nacimos en un contrato social en el que no participamos en la creación.

    En cambio, Kant ve lo social como un conjunto de obligaciones universales (imperativos categóricos) que todos tenemos y que son algo ineludibles.

    7. La idea general de Pierre-Joseph Proudhon de la Revolución en el siglo XIX

    Mientras que todos los filósofos anteriores propusieron que el contrato social requería ceder la soberanía individual a otros, Pierre-Joseph Proudhon propuso una versión del contrato social que no requería que nadie renunciara a su soberanía.

    Proudhon creía que el contrato social no era un acuerdo entre un individuo y un estado. Más bien, es un contrato entre individuos soberanos que acuerdan no dañarse, coaccionarse o controlarse entre sí.

    En su enfoque libertario, cada individuo conserva la completa soberanía sobre sí mismo. Aquí, Proudhon abraza el mantra 'vive y deja vivir' (Proudhon, 2007).

    8. John Rawls Una teoría de la justicia

    Rawls (1999), basándose en el trabajo de Immanuel Kant, propuso lo que se denomina un enfoque contractualista del contrato social.

    En este enfoque, Rawls presentó un experimento mental. Imagínate si te preguntaran -antes de nacer- qué principios de justicia y organización social deberían existir. Debido a que aún no ha nacido, no sabe cuál sería su género, raza, ingresos, riqueza, etc. Llamó a esto la “posición original”.

    Desde la posición original, la gente dejaría de lado sus preferencias detrás de un “velo de ignorancia” y estaría de acuerdo con un conjunto de principios comunes de justicia y organización: un contrato social.

    Dado que las personas en esta posición original no conocen su género, raza, ingresos y otras características, es más probable que sean imparciales y estén de acuerdo con principios más justos y universales.

    9. David de Gauthier Moral por acuerdo

    David Gauthier (1987) postula que es posible la cooperación entre dos individuos independientes y egoístas, particularmente cuando se trata de explorar la moralidad y la política.

    En su versión del contrato social, elementos como la confianza, la racionalidad y el interés propio alientan a cada parte a ser veraz y las disuade de violar las reglas.

    10. Philip Pettit's Republicanismo

    Philip Pettit, en su libro “Republicanismo: una teoría de la libertad y el gobierno” (1999), aboga por una actualización de la idea convencional de que el contrato social se basa en el consentimiento de los gobernados.

    El consentimiento explícito, según Pettit, no funciona porque el consentimiento se puede fabricar a través de la coerción. En cambio, simplemente cree que la legitimidad del contrato social existe porque aún no ha habido una rebelión efectiva contra él.

    Esta posición da mucho poder a los anarquistas y marxistas que esperan derrocar el actual contrato social capitalista, ya que defiende un enfoque orientado al conflicto, lo que demuestra que, si los gobernados pueden reunir la voluntad y el poder, se puede imaginar un nuevo tipo de contrato social. .

    Conclusión

    La teoría del contrato social postula que los individuos, tácita o explícitamente, acuerdan cumplir con ciertas reglas y leyes de la sociedad. Lo hacen porque la alternativa es mucho menos atractiva.

    Como muestran los ejemplos anteriores, diferentes filósofos tienen diferentes concepciones del contrato social. La teoría continúa siendo debatida y discutida en la filosofía política y moral contemporánea, y puede usarse para justificar varios sistemas políticos.

    Referencias

    Castiglione, D. (2015). Introducción la Lógica de la Cooperación Social para el Beneficio Mutuo – El Contrato Democrático. Revisión de Estudios Políticos, 13(2), 161–175. https://doi.org/10.1111/1478-9302.12080

    D'Agostino, F. (1996). Razón pública gratuita: Inventarnos sobre la marcha. Prensa de la Universidad de Oxford.

    D'Agostino, F., Gaus, G. y Thrasher, J. (2021). Aproximaciones Contemporáneas al Contrato Social. En EN Zalta (Ed.), La Enciclopedia de Filosofía de Stanford (Invierno 2021). Laboratorio de Investigación de Metafísica, Universidad de Stanford. https://plato.stanford.edu/archives/win2021/entries/contractarianism-contemporary/

    Epicuro: doctrinas principales. (Dakota del Norte). Recuperado el 14 de enero de 2023, de https://epicurus.net/en/principal.html

    Gauthier, D. (1987). Moral por acuerdo. Clarendon Press.

    Gough, J. (1938). El contrato social: un estudio crítico de su desarrollo. Revisión filosófica, 47(n/a), 331. https://doi.org/10.2307/2017436

    Hobbes, T. (2009). Leviatán: la materia, la forma y el poder de una riqueza común eclesiástica y civil. La prensa flotante.

    Kant, I. (1999). Elementos metafísicos de la justicia (J. Ladd, Trans.; Segunda Edición, 2). Hackett Publishing Company, Inc. (Trabajo original publicado en 1797)

    Locke, J. (1821). Dos tratados de gobierno. Whitmore y Fenn y C. Brown. (Obra original publicada en 1689)

    Petit, P. (1999). Republicanismo: una teoría de la libertad y el gobierno. Prensa de la Universidad de Oxford.

    Platón. (2013). República (C. Emlyn-Jones y W. Preddy, traducción) [Data set]. Prensa de la Universidad de Harvard. https://doi.org/10.4159/DLCL.plato_philosopher-republic.2013

    Proudhon, P.-J. (2007). Idea General de la Revolución en el Siglo XIX. Cosimo, Inc.

    Rawls, J. (1999). Una teoría de la justicia: edición revisada. Belknap Press.Rousseau, J.-J. (1997). Rousseau: “El contrato social” y otros escritos políticos posteriores. Prensa de la Universidad de Cambridge.


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    Tio Gabunia (B.Arch, M.Arch)


    Tio Gabunia es un escritor académico y arquitecto con sede en Tbilisi. Ha estudiado arquitectura, diseño y urbanismo en la Universidad Técnica de Georgia y la Universidad de Lisboa. Ha trabajado en estos campos en Georgia, Portugal y Francia. La mayoría de los escritos de Tio se refieren a la filosofía. Otros escritos incluyen arquitectura, sociología, planificación urbana y economía.


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    Chris Drew (Doctorado)


    Este artículo fue revisado por pares y editado por Chris Drew (PhD). El proceso de revisión en Profesor útil implica tener un experto de nivel de doctorado que verifique, edite y contribuya a los artículos. Los revisores se aseguran de que todo el contenido refleje el consenso académico de expertos y esté respaldado con referencias a estudios académicos. Dr. Drew ha publicado más de 20 artículos académicos en revistas académicas. Es el ex editor de Journal of Learning Development in Higher Education y tiene un doctorado en Educación de ACU.


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