18 ejemplos de gobierno limitado

Los ejemplos de gobierno limitado incluyen la separación de poderes, las declaraciones de derechos, el requisito del consentimiento de la mayoría y los poderes de las elecciones de destitución popular.

Hay muchas maneras de conceptualizar un gobierno que tiene un poder limitado. Los liberales clásicos, los conservadores y los libertarios a menudo argumentan a favor de las limitaciones al gobierno.

Muchos anarquistas llevan esto al extremo y defienden la abolición del gobierno. Estrictamente hablando, un gobierno limitado es cualquier gobierno que de alguna manera tiene un poder limitado.

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    Definición de gobierno limitado

    Un gobierno limitado está limitado en sus poderes por leyes. Las limitaciones típicamente toman la forma de una constitución escrita, elecciones democráticas, separación de poderes y un sistema judicial fuerte.

    Bajo tal gobierno, la autoridad política está efectivamente restringida (Angle, 2017).

    Los defensores del gobierno limitado afirman que el gobierno es una convención humana, un instrumento cuya autoridad se deriva del consentimiento de la población gobernada (Hancock, 1988).

    Los controles al poder gubernamental pueden incluir:

    • limitaciones en áreas en las que el gobierno puede interferir
    • limitaciones en la cantidad de dinero que un gobierno puede recaudar
    • limitaciones en los tipos o el número de personas que puede reclutar para un ejército
    • limitaciones en la autoridad que puede delegar
    • y así.

    La idea de un gobierno limitado está íntimamente ligada al constitucionalismo.

    El constitucionalismo se asocia más comúnmente con las teorías políticas de John Locke y los fundadores de la república estadounidense. Sostiene que el gobierno debe estar legalmente limitado en sus poderes (Waluchow & Kyritsis, 2022).

    Ejemplos de gobierno limitado

    • Vida, libertad y posesiones: Según John Locke, nadie tiene un poder absoluto y arbitrario sobre sí mismo o sobre los demás. Por lo tanto, ningún gobierno puede usar su poder para quitar arbitrariamente la vida, la libertad o las posesiones de sus súbditos (Locke, 1689/1821, §135).
    • Limitación al bien público: Según John Locke, el gobierno se limita al bien público de la sociedad. Tiene obligaciones de preservar el bien público. No puede, por tanto, destruir, esclavizar o empobrecer a los súbditos (Locke, 1689/1821, §135).
    • Requisito para el consentimiento de la mayoría: El gobierno debe tener el consentimiento de la mayoría para tener derecho a recaudar impuestos (Locke, 1689/1821, §140).
    • Incapacidad para transferir poderes: La autoridad legislativa no puede transferir su poder de hacer leyes a ninguna otra entidad (Locke, 1689/1821, §141). Según Locke, el pueblo decide quién hace las leyes, y los hacedores de leyes no pueden reemplazarse a sí mismos sin el consentimiento del pueblo.
    • Sin Regla por Decreto: La autoridad legislativa o suprema no puede gobernar por decretos arbitrarios (Locke, 1689/1821, §136). Está obligado a decidir los derechos de los súbditos mediante leyes permanentes y jueces autorizados.
    • La separación de poderes: La división de los poderes del Estado de modo que cada rama (ejecutiva, legislativa, judicial) actúe como control del poder de las demás se remonta a Montesquieu y los fundadores (Montesquieu, 1989).
    • Tribunales independientes: Se requieren tribunales fuertes, independientes e imparciales en un gobierno limitado para impedir que el gobierno actúe fuera de su ámbito.
    • Preservación de la Propiedad: El poder supremo no puede quitarle la propiedad a nadie sin su consentimiento (Locke, 1689/1821, §138). La preservación de la propiedad es, según Locke, uno de los fines de un gobierno.

    Ejemplos de la vida real

    • La Décima Enmienda de EE.UU.: La décima enmienda aclara la separación de poderes entre los estados y el gobierno federal, asegurando que los poderes del gobierno federal sean limitados. Si no se han otorgado poderes al gobierno federal, entonces esos poderes pertenecen a los estados (con la excepción de los poderes implícitos).
    • Libertad de expresión: La libertad de expresión es un derecho implícito y limitado en muchas naciones. Sin embargo, en los Estados Unidos, está codificado en la constitución estadounidense.
    • Libertad de religión:
    • McCullock contra Maryland: McCullock vs Maryland fue un caso histórico de la corte suprema que restringió los poderes de los estados en los EE. UU. Sostuvo que los estados no podían gravar las instituciones del gobierno federal que estuvieran operativas para cumplir con sus deberes constitucionales.
    • Leyes estatales vs federales: La separación de poderes legales es un principio importante en la mayoría de las naciones federadas. Canadá, Australia y los EE. UU., por ejemplo, tienen estados y provincias que tienen poderes, como el poder de administrar la educación y la atención médica, en los que los gobiernos federales generalmente no pueden intervenir.
    • Designaciones vitalicias de la Corte Suprema: Los nombramientos vitalicios para los tribunales supremos son otra forma de restringir los poderes del gobierno. Al tener un nombramiento de por vida, se supone que un juez puede dictar sentencias con menos coerción y no preocuparse de que el gobierno se enoje con ellos.
    • Brown contra la Junta de Educación: Brown vs Board of Education fue un fallo de la corte suprema de EE. UU. que limitó los poderes del gobierno. Encontró que la escuela pública de Kansas no podía proporcionar instituciones educativas segregadas porque era discriminatorio y, por lo tanto, inconstitucional.
    • Leyes de matrimonio: En varias ocasiones, los fallos de la Corte Suprema de EE. UU. han determinado que el gobierno no puede impedir que las personas, incluidas las parejas interraciales y del mismo sexo, se casen.
    • Revocatoria de elecciones: Otra forma en que se puede limitar a los gobiernos es mediante leyes de activación que permitan revocar las elecciones si un gobierno es muy impopular. Un ejemplo reciente es la elección de destitución por democracia directa del gobernador Gavin Newsom en California, que finalmente fracasó.
    • Referendos: Un gobierno en una democracia constitucional no puede alterar una constitución sin el consentimiento directo del pueblo, en la forma de un referéndum que conducirá a una enmienda constitucional.

    Pros del gobierno limitado

    • Un gobierno limitado no puede quitarle la propiedad a nadie.. Como escribe Locke en su segundo tratado, una de las limitaciones más importantes del poder gubernamental restringe su capacidad para quitarles la propiedad privada a sus súbditos (Locke, 1689/1821, §138).
    • Un gobierno limitado no gobierna a la población arbitrariamente. Si existen leyes establecidas que restringen genuina y efectivamente lo que el gobierno puede hacer, se vuelve cada vez más difícil para un gobernante tiránico hacer cumplir decisiones arbitrarias.
    • Un gobierno limitado es más difícil de corromper. Es fácil terminar con un soberano corrupto en una monarquía hereditaria. También es fácil terminar con una rama corrupta del gobierno. Pero la separación de poderes hace que sea más difícil terminar con un gobierno totalmente corrupto. Por ejemplo, incluso si el presidente de los EE. UU. es corrupto, los poderes judicial y legislativo del gobierno pueden limitar el poder del presidente.
    • Un gobierno limitado debe tener en cuenta los intereses de su pueblo. Un gobierno limitado deriva su autoridad política del consentimiento de los gobernados. Por lo tanto, es vital que escuche lo que la gente quiere. Por eso los gobiernos limitados son más democráticos que los absolutos.
    • Un gobierno limitado protege los derechos individuales. Muy a menudo, los derechos individuales no son violados por otras personas, sino por los gobiernos. Poner límites al gobierno, por lo tanto, es una forma de proteger los derechos individuales.
    • Es más difícil para un gobierno limitado ir innecesariamente a la guerra. Las constituciones suelen definir cuándo está justificado ir a la guerra y cuándo no. Debido a que un gobierno limitado requiere el apoyo popular, es más difícil que inicie una guerra por razones personales o innecesarias.

    Contras del gobierno limitado

    La idea de poner límites al poder del gobierno a través de leyes se está volviendo cada vez más popular, pero no le faltan críticas.

    Por ejemplo:

    • Los gobiernos fuertes pueden proteger a las personas: Algunos críticos del gobierno limitado afirman que las constituciones que protegen los derechos, a pesar de lo que afirman hacer, no pueden defender eficazmente a las personas de las fuerzas opresivas de los gobiernos (Unger, 2015).
    • Los gobiernos controlan a los jueces, por lo que las limitaciones son solo una fachada: Los jueces que en última instancia deciden los casos constitucionales suelen ser designados por el gobierno. Por lo tanto, los jueces que supuestamente restringen los poderes del gobierno a menudo son solo lacayos del gobierno de turno, lo que socava el concepto de gobierno limitado en general.
    • Poderosos jueces es antidemocrático y conduce a malos resultados: La designación de jueces de élite que deciden sobre casos constitucionales a menudo puede conducir a la supresión de los intereses de los grupos minoritarios, las mujeres, los pobres, etc., porque tales jueces a menudo están afiliados a ideologías dominantes que pueden ser opresivas para los grupos marginados.

    Según los críticos del gobierno limitado, históricamente la ley ha sido utilizada por grupos poderosos para asegurar y mantener su estatus superior. Como sostienen Waluchow y Kyritsis (2022):

    “Para resumir, según los críticos duros, una constitución es cualquier cosa menos la protección contra el poder gubernamental injustificado que sus campeones han anunciado a lo largo de los siglos. Lo que se considera el significado obvio de un término clave como 'igualdad ante la ley' es lo que el grupo dominante entiende o afirma que es” (Waluchow & Kyritsis, 2022).

    Gobierno limitado y constitucionalidad

    El gobierno limitado está asociado con las constituciones. Por lo general, la constitución es lo que define los límites de dicho gobierno.

    La Constitución de los Estados Unidos de 1789 y la Constitución francesa de 1793 afirman un gobierno limitado.

    La Constitución de los Estados Unidos afirma los principios del gobierno limitado a través de una separación de poderes entre las diferentes ramas del gobierno.

    Estos poderes son el legislativo, el ejecutivo y el judicial.

    Otra separación es entre los poderes del gobierno federal y los poderes del gobierno estatal.

    1. Constitución de los Estados Unidos

    James Madison escribió en Federalist No. 51: “… la gran seguridad contra una concentración gradual de los varios poderes en el mismo departamento, consiste en dar a quienes administran cada departamento los medios constitucionales necesarios, y motivos personales, para resistir las invasiones de la otros” (Madison, 1788).

    2. Constitución francesa

    La constitución francesa se basó en la idea de que la mejor forma de lograr un gobierno limitado era mediante un autogobierno democrático racional. Se pensaba que la protección y el cumplimiento de la voluntad general eran la antítesis del gobierno tiránico (Rosenfeld, 1994, p. 11).

    Conclusión

    Un gobierno limitado está limitado en sus poderes por ley, una constitución escrita o algún otro mecanismo. Tiene su origen en las teorías de John Locke, el barón de Montesquieu y los fundadores estadounidenses. La idea de poner límites al gobierno a través de la ley tiene muchos partidarios pero sigue siendo motivo de controversia para muchos.

    Referencias

    Ángulo, SC (2017). Justificación confuciana del gobierno limitado: comentarios sobre el "perfeccionismo confuciano" de Joseph Chan. Filosofía Oriente y Occidente, 67(1), 15–24.

    Hancock, RC (1988). La religión y los límites del gobierno limitado. La revisión de la política, 50(4), 682–703.

    Caza, A. (1986). La Teoría de los Estudios Jurídicos Críticos. Revista de estudios jurídicos de Oxford, 6(1), 1–45.

    Locke, J. (1821). Dos tratados de gobierno. Whitmore y Fenn y C. Brown. (Obra original publicada en 1689)

    Madison, J. (1788). La estructura del gobierno debe proporcionar los controles y equilibrios adecuados entre los diferentes departamentos. Paquete de Nueva York. https://guides.loc.gov/federalist-papers/text-51-60#s-lg-box-wrapper-25493427

    Montesquieu, C. de. (1989). Montesquieu: el espíritu de las leyes. Prensa de la Universidad de Cambridge.

    Rosenfeld, M. (1994). El constitucionalismo moderno como interacción entre identidad y diversidad. En Constitucionalismo, identidad, diferencia y legitimidad: perspectivas teóricas. Prensa de la Universidad de Duke.

    Unger, RM (2015). El Movimiento de Estudios Jurídicos Críticos: Otro Tiempo, Una Tarea Mayor. Libros verso. Waluchow, W. y Kyritsis, D. (2022). Constitucionalismo. En EN Zalta (Ed.), La Enciclopedia de Filosofía de Stanford (Verano 2022). Laboratorio de Investigación de Metafísica, Universidad de Stanford. https://plato.stanford.edu/archives/sum2022/entries/constitucionalism/


    tío


    Tio Gabunia (B.Arch, M.Arch)


    Tio Gabunia es un escritor académico y arquitecto con sede en Tbilisi. Ha estudiado arquitectura, diseño y urbanismo en la Universidad Técnica de Georgia y la Universidad de Lisboa. Ha trabajado en estos campos en Georgia, Portugal y Francia. La mayoría de los escritos de Tio se refieren a la filosofía. Otros escritos incluyen arquitectura, sociología, planificación urbana y economía.


    cris


    Chris Drew (Doctorado)


    Este artículo fue revisado por pares y editado por Chris Drew (PhD). El proceso de revisión en Profesor útil implica tener un experto de nivel de doctorado que verifique, edite y contribuya a los artículos. Los revisores se aseguran de que todo el contenido refleje el consenso académico de expertos y esté respaldado con referencias a estudios académicos. Dr. Drew ha publicado más de 20 artículos académicos en revistas académicas. Es el ex editor de Journal of Learning Development in Higher Education y tiene un doctorado en Educación de ACU.


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